jueves, 24 de noviembre de 2011

Emilio Cafassi - Otra Vez SOPA


Quince años atrás, en 1996, el Congreso de los Estados Unidos desarrolló el primer intento significativo de regulación de los contenidos en Internet mediante el “Communications Decency Act” (CDA). Se trató de una iniciativa introducida un año antes al Comité del Senado para el Comercio, la Ciencia y el Transporte, por los senadores James Exon (del Partido Demócrata, además de gobernador reelecto en dos oportunidades por el estado de Nebraska, fallecido en 2005) y Slade Gorton (del Partido Republicano, senador por el estado de Washington). En esa instancia la votación fue ampliamente favorable con 84 votos a favor y solo 16 en contra. Convertida en ley y firmada por el ex presidente Bill Clinton, probablemente en una pausa de sus “decentes” atenciones a la becaria Mónica Lewinsky en el salón oval, produjo una inmediata reacción de la minúscula sociedad civil internacional ciberciudadanizada de entonces.

La excusa jurídica resultaba la protección de los menores ante la transmisión de materiales de carácter “obsceno o indecente”. Pretendía ser evidentemente una ley moralmente ejemplar. Un amplio movimiento virtual por la libertad de expresión se constituyó espontáneamente en repudio a esta disposición legal. Por ejemplo la “Black World Wide Web Protest”, sugirió a todos los webmasters del mundo que colocaran fondos negros en sus sitios en señal de luto y la “Electronic Frontier Foundation” lanzó la campaña “Blue Ribbon Online”, consistente en distribuir digitalmente un cinta o crespón azul (que representaba la libertad de expresión) para ser colocado en todas las páginas. Conservo vívidos recuerdos de aquellas luchas porque precisamente en los días de su apogeo, presentamos en el anfiteatro de la Facultad de Ciencias Sociales la página “hipersociología” que atrajo además de cierto público específicamente académico, a otro simplemente fascinado por la elemental curiosidad de ver proyectada por primera vez una página web en pantalla gigante o simplemente enterarse sobre qué era la web. El desarrollo de Internet en Argentina era por entonces apenas incipiente y ni siquiera la propia facultad contaba con una página propia, ni mucho menos conexión a Internet. Además de haber puesto la “blue ribbon” en la portada del sitio, se repartía en el ingreso al auditorio, para sorpresa de los asistentes, una cinta azul física con un alfiler al modo de una escarapela, ocupando esa protesta luego, un lugar importante en la presentación, además de nuestra propia campaña “libros gratis para el 2000″.

Aquella pretensión legislativa censora tuvo un final feliz ya que la CDA fue finalmente rechazada en sus aspectos fundamentalmente represivos y punitivos hasta ser anulada. Habrá quien fundamente el resultado en fallos jurídicos específicos que efectivamente existieron y resultaron contundentes. Tal es el caso de los procesos que en ese mismo año se desarrollaron en Filadelfia y Nueva York donde una corte de jueces federales anularon parte de la CDA, arguyendo que infringía los derechos de libertad de expresión y calificaban de ambigüedad e inconsistencia a la noción de indecencia, inclusive en lo referido a los menores. Pero el golpe de gracia lo recibió un año después por parte de la Corte Suprema que sostuvo que las disposiciones sobre indecencia tenían un carácter inconstitucional respecto de la Primera Enmienda sobre libertad de expresión, ya que no permitía a los padres decidir por sí mismos qué material era aceptable para sus hijos, además de no definir jurídicamente la expresión “ofensivo”. También que el propio material impreso tradicionalmente, como las novelas eróticas existentes, pasarían a ser ilegales por el mero hecho de ser publicadas en Internet. De este modo la ley pasó a mejor vida y seguramente Clinton haya podido enseñar sitios a su becaria desde la misma conexión de la Casa Blanca.

Sin embargo, aunque entre causas y efectos existe una relación dialéctica y por tanto se interpenetran mutuamente, considero que las intervenciones jurídicas son, antes bien, una resultante de las relaciones de fuerzas entre intereses de la sociedad y no su motor regulatorio. En este caso, tanto las protestas virtuales en aquel período de lactancia de Internet, como los intereses capitalistas de los proveedores de conectividad, de hosting, contenidos y publicidad, convergieron para frenar la iniciativa censora, pretendidamente moralista. El capitalismo no se organiza por principios éticos sino por la libertad de apropiación de ganancias y explotación: la única innegociable.

En estos días, asistimos a la preparación de una nueva ofensiva por la regulación de los contenidos de Internet de igual o mayor magnitud que la resumida en las líneas precedentes, aunque no por decencia alguna sino apelando a la -más sincera- intención de defender y expandir la propiedad intelectual y su consecuente lucro, tendencia de la actual fase del capitalismo que ya hemos destacado desde estas páginas. El Congreso de los Estados Unidos está promoviendo ahora la iniciativa “Stop Online Piracy Act” (SOPA), un proyecto para frenar la “piratería” bajando los sitios web que infrinjan “sus” leyes de propiedad intelectual, pero no solo en su territorio, sino pretendidamente en el mundo entero. Con ser grave, va inclusive mucho más allá en dos dimensiones complementarias. Por un lado porque no solo se refiere a quienes violen esas leyes, sino que tengan “alta probabilidad” de hacerlo, con lo cual solo basta una sospecha, sin resolución judicial alguna. Por otro porque lo extiende no solo hacia los “infractores directos” sino sobre cualquiera que facilite o permita la infracción, llegando hasta el extremo de los propios proveedores de conectividad que no tomen medidas ante una tal “alta probabilidad” de violación de la propiedad intelectual.

Ante algo que afecta intereses económicos, la sanción prevé, en primer lugar, retaliación por idénticos medios: apela al chantaje económico advirtiendo a todas las empresas o instituciones que le den financiación al sitio, como avisadores, proveedores de pagos online o de giros, desde tarjetas de crédito hasta sistemas como Paypal, casi todas ellas de origen norteamericano, para que dejen de hacerlo, lo que ya configura una primera posibilidad de incidencia fuera de sus fronteras. Obviamente el lobby principal que alimenta esta caldera represiva encarnada en el proyecto es la llamada industria del entretenimiento, aunque para ello debe contar con la colaboración de los sistemas bancarios y financieros con base en los Estados Unidos.

Pero en segundo término, esta SOPA se sazona con otro ingrediente: el “Protect-IP” que prevé el bloqueo del dominio (la dirección web) aún fuera de la jurisdicción estadounidense a través de sus propios proveedores de Internet y la presión hacia los buscadores (también casi exclusivamente norteamericanos) para borrar el sitio de sus resultados o para presionar a sus propios sitios, para que eliminen los links hacia lo que consideren de alta probabilidad de infracción. Algo similar al proceso de censura que se ejerce en China con determinados sitios por lo que algunos ironizan trazando un paralelo entre la histórica y monumental Gran Muralla y un gran firewall norteamericano.

Dado que los dominios carentes de “dominio país” (como los .com, .org, o .net) están asignados por el registro de nombres de dominio en los EEUU, el proyecto de ley pretende afirmar que es efectiva su jurisdicción sobre millones de nombres de dominio independientemente del lugar donde el servidor esté alojado o resida el solicitante o propietario. Incorpora además a su alcance jurídico las de carácter regional que el “American Register for Internet Numbers” (ARIN) asigna, que incluye además a Canadá y 20 países del Caribe.

Nuestro colega Juan Gelman, habitual editorialista de este diario, publicó el jueves pasado en el matutino argentino “Página 12″, una contratapa alertando sobre las preocupaciones de las principales potencias por la seguridad en Internet, deslizando su urgente interés por la intervención en la red. No se refiere a lo expuesto aquí pero sus conclusiones no son sino complementarias al SOPA que seguramente, en caso de prosperar, no se detendrá en la esfera del entretenimiento para pasar al plano del pleno control de la vida cibersocial y cibercultural .

El proyecto de ley completo puede encontrarse en la sección novedades de la página inaugurada hace 15 años (hipersociologia.org) aunque de promulgarse habrá que acceder agregando .ar (cosa prevista) para evitar una intervención directa del Protect-IP.
La ciberciudadanía actual es infinitamente más amplia y extendida que la del ´96 y por tanto tiene potencialmente una fuerza muy superior si se organiza y resiste este y futuros intentos de atropello. El SOPA amenaza a muchos más que a la Mafalda de Quino: la humanidad toda.

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